Actualizado: 7 de mayo de 2026 · Base legal: Código Civil — arts. 90-106 · Ley 15/2005, de 8 de julio
Lo más importante: cuando hay hijos menores, el divorcio siempre necesita aprobación judicial — aunque los padres estén completamente de acuerdo. El juez debe velar por el interés del menor en tres aspectos clave: quién ejerce la custodia, cuánto se paga de pensión alimenticia y quién se queda en la vivienda familiar. Esta guía explica cada uno de esos tres pilares con los criterios reales que aplican los juzgados en 2026.
Separarse cuando hay hijos es uno de los procesos legales más complejos emocionalmente — y también jurídicamente. Las decisiones que se tomen ahora sobre custodia, pensión y vivienda pueden condicionar la vida de toda la familia durante años. Conocer las reglas del juego ayuda a tomar mejores decisiones y a llegar a acuerdos más equilibrados.
Lo primero: ¿divorcio de mutuo acuerdo o contencioso?

La diferencia entre las dos vías es enorme en tiempo, coste y desgaste emocional.
| Mutuo acuerdo | Contencioso | |
|---|---|---|
| Requisito | Ambos de acuerdo en todas las medidas | Desacuerdo en alguna medida |
| Duración | 2-4 meses | 1-3 años |
| Coste | 800-2.000 € | 3.000-10.000 € o más |
| Quién decide | Los padres, con aprobación judicial | El juez |
| Ministerio Fiscal | Interviene siempre si hay hijos menores | Interviene siempre |
Aunque haya acuerdo total entre los padres, si hay hijos menores el proceso debe pasar siempre por el juzgado. No es posible tramitarlo ante notario cuando hay menores de edad implicados.
El convenio regulador es el documento donde se recogen todos los acuerdos: custodia, pensión, vivienda, vacaciones, gastos extraordinarios. Debe ser aprobado por el juez y el Ministerio Fiscal antes de tener validez legal.
La custodia: compartida o exclusiva
La custodia determina con quién viven los hijos y quién toma las decisiones del día a día. En 2026 la custodia compartida es la opción preferente en la jurisprudencia española cuando ambos progenitores tienen capacidad para ejercerla.
Custodia compartida
La custodia compartida es un régimen mediante el cual ambos progenitores asumen de forma conjunta y equilibrada el cuidado, la convivencia y las decisiones relevantes sobre sus hijos tras una separación o divorcio. No implica necesariamente un reparto exacto del tiempo, sino una implicación real de ambos padres en la vida del menor.
Los modelos más habituales son:
- Semanas alternas: el más frecuente. Los hijos cambian de domicilio cada semana.
- Sistema 2-2-3: los hijos pasan 2 días con un progenitor, 2 con el otro y 3 alternos.
- Modelo nido: los hijos permanecen siempre en la vivienda familiar y son los padres quienes se turnan. Es el menos habitual por su complejidad.
¿Cuándo la concede el juez? Los criterios principales son:
- Interés superior del menor como principio rector.
- Vínculo afectivo real con ambos progenitores.
- Capacidad de comunicación y colaboración entre los padres.
- Proximidad geográfica de los domicilios.
- Edad y necesidades específicas de los hijos.
La custodia compartida no se deniega por el simple hecho de que los padres no se lleven bien — basta con que la comunicación sea funcional, no amistosa. Lo que sí puede impedirla es una situación de violencia de género o maltrato acreditado.
Custodia exclusiva o monoparental
Se otorga a uno de los progenitores cuando la compartida no es viable o no beneficia al menor. El progenitor no custodio tiene derecho a un régimen de visitas que el juez establece según las circunstancias — habitualmente fines de semana alternos y períodos vacacionales.
La patria potestad — las decisiones importantes sobre educación, salud o residencia — se ejerce conjuntamente por ambos progenitores en casi todos los casos, independientemente de quién tenga la custodia.
La pensión alimenticia: cuánto y hasta cuándo
La pensión alimenticia es una obligación legal que recae sobre los progenitores para garantizar el sustento de sus hijos, incluyendo aspectos como alimentación, vivienda, ropa, educación y gastos médicos.
¿Quién paga?
En custodia exclusiva, el progenitor no custodio paga una pensión mensual al custodio. En custodia compartida, si los ingresos de ambos son similares puede no establecerse pensión. Si hay diferencia económica relevante, el juez puede fijar una pensión aunque la custodia sea compartida — la prioridad siempre es cubrir las necesidades del menor.
Cómo se calcula
No existe una tabla oficial obligatoria en España. El juez valora:
- Ingresos netos de ambos progenitores.
- Necesidades reales de los hijos (edad, escolarización, actividades, salud).
- Tiempo de convivencia con cada progenitor.
- Gastos de vivienda de cada progenitor.
Como referencia orientadora, los juzgados de familia utilizan las tablas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), publicadas en 2019 y actualizadas con el IPC acumulado del 26,7% hasta 2026:
| Ingresos netos del pagador | 1 hijo | 2 hijos | 3 hijos |
|---|---|---|---|
| Hasta 700 € | 150-200 € (mínimo vital) | 200-250 € | 250-300 € |
| 1.000 €/mes | 170-220 € | 270-320 € | 330-380 € |
| 1.500 €/mes | 220-280 € | 340-400 € | 410-470 € |
| 2.000 €/mes | 280-350 € | 420-500 € | 500-580 € |
| 2.500 €/mes | 340-430 € | 500-590 € | 590-680 € |
Importante: estos importes son orientativos y no incluyen gastos de vivienda, educación ni gastos extraordinarios, que se valoran y reparten de forma separada. La pensión real que se paga es siempre superior a estas cifras. El juez puede apartarse de las tablas si las circunstancias del caso lo justifican.
¿La pensión es deducible en el IRPF?
No. La pensión alimenticia que paga el progenitor no custodio no es deducible en el IRPF. Y quien la recibe tampoco la declara como ingreso — no tributa en el IRPF del custodio. La pensión alimenticia de los hijos es fiscalmente neutra para ambas partes. Es una de las preguntas más frecuentes y la respuesta es clara en ambos sentidos.
Gastos extraordinarios
Los gastos extraordinarios — actividades extraescolares, material escolar, viajes de estudios, gastos médicos no cubiertos por la Seguridad Social — se pagan entre ambos progenitores al 50% salvo acuerdo diferente. Su importe no se incluye en la pensión de alimentos porque se trata de gastos no ordinarios que no se pudieron prever cuando se calculó la manutención.
¿Hasta cuándo se paga?
La pensión no cesa automáticamente al cumplir los hijos 18 años. La pensión alimenticia para hijos mayores de edad está contemplada en la legislación española, pero a diferencia de los hijos menores, este derecho no es automático ni indefinido — depende de la situación concreta del hijo mayor.
Se mantiene mientras el hijo mayor no tenga ingresos propios suficientes y esté en formación. Se extingue cuando el hijo trabaja, abandona los estudios sin causa justificada o puede mantenerse por sus propios medios.
Actualización anual
La pensión alimenticia se actualiza automáticamente cada año conforme al IPC, salvo que el convenio regulador establezca otro índice. El progenitor que paga debe actualizarla sin esperar a que le lo reclamen.
La vivienda familiar: quién se queda y hasta cuándo

Es el punto de mayor conflicto en la mayoría de divorcios con hijos. La ley lo regula en el artículo 96 del Código Civil.
Con custodia exclusiva
El artículo 96 del Código Civil establece que, en ausencia de acuerdo entre los cónyuges, el uso de la vivienda familiar corresponde al hijo y al cónyuge con quien se queden. Esto se aplica aunque la vivienda sea propiedad privativa del otro cónyuge — el interés del menor prevalece sobre el derecho de propiedad.
El uso se mantiene hasta que el hijo menor alcanza la mayoría de edad. Llegado ese momento, el progenitor que usa la vivienda sin ser propietario puede mantenerla por un tiempo prudencial si sigue siendo el más necesitado de protección económica — pero ya no de forma indefinida.
Con custodia compartida
La custodia compartida no genera un derecho automático de uso exclusivo sobre el domicilio familiar. El artículo 96.1 del Código Civil regula la atribución del uso del hogar en caso de divorcio, pero solo para custodias exclusivas. Cuando la guarda es compartida, la jurisprudencia del Tribunal Supremo dispone por analogía que no aplica el párrafo primero del artículo 96.
En custodia compartida el juez pondera:
- La titularidad del inmueble (privativa de uno o común de ambos).
- El interés más necesitado de protección económica.
- La posibilidad de cada progenitor de acceder a otra vivienda.
Novedad jurisprudencial clave 2025: el Tribunal Supremo, en su Sentencia 783/2025, de 19 de mayo, ha fijado que en custodia compartida la atribución del uso de la vivienda no puede ser indefinida. En el caso concreto, la madre podría residir en la vivienda únicamente durante dos años desde la sentencia, devolviéndola después al titular. Esta doctrina refuerza que en custodia compartida el uso temporal es la regla, no la excepción.
Opciones más habituales en la práctica
| Situación | Solución más frecuente |
|---|---|
| Custodia exclusiva, vivienda ganancial | Uso al custodio hasta mayoría de edad hijos. Después se liquida la sociedad de gananciales |
| Custodia compartida, vivienda ganancial | Venta y reparto, o compra de la parte del otro. Uso temporal si hay desequilibrio económico |
| Vivienda privativa del no custodio | Uso al custodio e hijos hasta mayoría de edad por interés superior del menor |
| Vivienda de alquiler | El custodio se subroga en el contrato (art. 15 LAU) |
¿Quién paga la hipoteca?
La atribución del uso de la vivienda no modifica la obligación de pago de la hipoteca. Cuando existe una hipoteca pendiente, ambos cónyuges continúan obligados a pagar las cuotas del préstamo, aunque uno de ellos no disfrute del inmueble. Este es uno de los puntos que más conflictos genera — el progenitor que no vive en la casa sigue pagando la hipoteca mientras el otro la disfruta.
Las soluciones más habituales son negociar la compensación en la pensión, acordar que uno compre la parte del otro, o vender y liquidar la deuda.
El convenio regulador: qué debe incluir
El convenio regulador es el documento que recoge todos los acuerdos del divorcio. En divorcios con hijos debe incluir obligatoriamente:
- Régimen de custodia (compartida o exclusiva) y calendario de convivencia detallado.
- Régimen de visitas si hay custodia exclusiva.
- Distribución del tiempo en vacaciones y festivos.
- Importe y forma de pago de la pensión alimenticia.
- Criterio de actualización anual de la pensión.
- Forma de pago y reparto de los gastos extraordinarios.
- Atribución del uso de la vivienda familiar y plazo.
- Si procede, pensión compensatoria entre cónyuges.
- Liquidación de la sociedad de gananciales si existe.
Un convenio bien redactado evita conflictos futuros. Los puntos más problemáticos si se dejan ambiguos son los gastos extraordinarios («¿esto es ordinario o extraordinario?») y las vacaciones («¿quién tiene a los hijos en Semana Santa los años pares?»).
Cómo afecta el divorcio a la declaración de la renta
«
En España, después del divorcio, cada uno de los excónyuges debe presentar la declaración de manera individual. La opción de declaración conjunta desaparece, salvo en situaciones muy específicas relacionadas con la custodia de los hijos.
En custodia exclusiva, el progenitor custodio puede presentar declaración conjunta con los hijos y aplicar el mínimo por descendientes íntegro. El no custodio no puede deducirse la pensión alimenticia pagada a los hijos — aunque sí puede aplicar el mínimo por descendientes al 50% si así se acuerda en el convenio.
En custodia compartida, ambos progenitores pueden aplicar el 50% del mínimo por descendientes cada uno. Si uno de los progenitores continúa residiendo en la vivienda habitual junto a los hijos, puede deducir los gastos relacionados con la hipoteca, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Recuerda: la pensión alimenticia que pagas a tus hijos no es deducible en el IRPF, y la que recibes no tributa. Es fiscalmente neutra en ambos sentidos.
Cómo modificar las medidas después del divorcio
Las medidas acordadas o fijadas en sentencia no son definitivas. Pueden modificarse si hay un cambio sustancial de circunstancias — lo que se llama modificación de medidas.
Causas habituales de modificación:
- Cambio relevante en los ingresos de alguno de los progenitores.
- Traslado de domicilio a otra ciudad o país.
- Nueva pareja que convive en la vivienda familiar atribuida.
- Cambio en las necesidades de los hijos (inicio de estudios universitarios, enfermedad).
- Incumplimiento reiterado del régimen de visitas.
El proceso puede iniciarse de mutuo acuerdo (más rápido y barato) o de forma contenciosa si no hay acuerdo.
Preguntas frecuentes
¿Puede un hijo elegir con quién vivir? A partir de los 12 años el juez debe escuchar la opinión del menor, y le da más peso conforme más edad tiene. Pero la decisión final siempre corresponde al juez, que valorará el interés del menor por encima de sus preferencias.
¿Qué pasa si el otro progenitor no paga la pensión? El impago de la pensión alimenticia constituye un delito de abandono de familia (art. 227 Código Penal) cuando supera los 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos y es voluntario y deliberado. La pena es de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses. Desde la LO 8/2021, la condena lleva aparejada además una orden de alejamiento obligatoria. En vía civil puedes solicitar el embargo de nómina o cuenta bancaria del deudor sin necesidad de esperar a la vía penal.
Si no puedes pagar la pensión por falta real de ingresos no cometes delito — pero debes solicitarlo judicialmente mediante modificación de medidas cuanto antes y acreditarlo documentalmente. Dejar de pagar sin más, aunque sea por dificultades económicas, puede derivar en responsabilidad penal.
¿Puedo irme a vivir a otra ciudad con mis hijos? No sin autorización judicial o acuerdo del otro progenitor. El traslado unilateral de los hijos a otra localidad que dificulte el régimen de visitas puede constituir sustracción de menores.
¿La custodia compartida implica que no hay pensión? No necesariamente. Si los ingresos de ambos progenitores son similares y los gastos están equilibrados, puede no establecerse pensión. Pero si hay diferencia económica relevante, el juez puede fijar una pensión aunque la custodia sea compartida.
¿Qué ocurre si mi pareja se niega a divorciarse? En España el divorcio es unilateral desde 2005 — no necesitas el consentimiento del otro para divorciarte. Cualquiera de los dos puede presentar la demanda de divorcio contencioso y el juez lo concederá.
¿Los hijos mayores de edad siguen teniendo derecho a pensión? Sí, mientras no tengan ingresos propios suficientes y estén en formación. La pensión no cesa automáticamente a los 18 años pero puede solicitarse su extinción si el hijo trabaja o abandona los estudios.
¿Puedo cambiar la custodia exclusiva a compartida? Sí, mediante una modificación de medidas. Debes acreditar un cambio sustancial de circunstancias. El Tribunal Supremo ha reconocido que el paso del tiempo y la mayor madurez del menor pueden justificar el cambio hacia la custodia compartida.
¿La pensión que pago a mis hijos me la puedo desgravar? No. La pensión alimenticia a los hijos no es deducible en el IRPF del pagador. Tampoco tributa en el IRPF del que la recibe. Es fiscalmente neutra en ambos sentidos.
¿Qué pasa con las mascotas en el divorcio? Desde la reforma del Código Civil de 2021, los animales de compañía son seres sintientes — no «cosas». El juez puede establecer un régimen de convivencia o custodia compartida de las mascotas en el convenio regulador, incluyendo turnos, gastos veterinarios y vacaciones.
Recursos oficiales
- Código Civil — arts. 90-106 (separación y divorcio)
- Ley 15/2005, de 8 de julio (reforma del divorcio)
- LO 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia
- Ministerio de Justicia — Juzgados de Familia
- CGPJ — Tablas orientadoras pensión alimenticia
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Aviso legal: este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada situación familiar es única y puede verse afectada por circunstancias específicas, la comunidad autónoma y la jurisprudencia aplicable. Ante un proceso de divorcio con hijos, consulta con un abogado especializado en derecho de familia.

