Despido improcedente en España: qué es, indemnización y qué hacer (2026)
Te han despedido y crees que no hay motivo suficiente para ello. O te han dado una carta de despido con causas que no se sostienen. En ese caso, es muy probable que estemos ante un despido improcedente, y la ley te protege.
Qué es el despido improcedente
El despido improcedente es aquel en el que la empresa no acredita causa suficiente para despedir al trabajador, o no cumple los requisitos formales exigidos por la ley.
En España, toda empresa que quiera despedir a un trabajador debe justificarlo. Si no lo hace, o si los motivos alegados no quedan probados, el juez declara el despido improcedente y la empresa debe elegir entre readmitir al trabajador o pagarle una indemnización.
Está regulado en el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores y en los artículos 108 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS).
Tipos de despido en España
Para entender bien qué es el despido improcedente, conviene diferenciarlo de las otras figuras:
- Despido procedente: la empresa acredita causa real y suficiente. En el despido disciplinario procedente no hay indemnización.
- Despido improcedente: la empresa no acredita la causa o no cumple los requisitos formales. Indemnización de 33 días por año.
- Despido nulo: el despido vulnera derechos fundamentales (discriminación, embarazo, baja médica en ciertos supuestos). La readmisión es obligatoria y se abonan todos los salarios de tramitación.
Cuándo se declara un despido improcedente
Un despido puede ser declarado improcedente por dos motivos principales:
Por causas de fondo: la empresa alega una causa (bajo rendimiento, indisciplina, faltas de asistencia) pero no queda suficientemente probada ante el juez.
Por defectos formales: la carta de despido no cumple los requisitos legales. El artículo 55.1 del Estatuto de los Trabajadores exige que la carta exprese con claridad los hechos que motivan el despido y la fecha en que tendrá efectos. Si la carta es vaga, genérica o no indica fecha, el despido puede ser declarado improcedente por defecto de forma.
La carta de despido: qué debe contener
La carta de despido disciplinario debe incluir obligatoriamente:
- Los hechos concretos que motivan el despido, descritos con detalle suficiente.
- La fecha en que el despido tendrá efectos.
- Si el trabajador es representante sindical, debe abrirse previamente un expediente contradictorio.
- Si el trabajador está afiliado a un sindicato y la empresa lo sabe, debe darse audiencia previa al delegado sindical.
Si falta alguno de estos elementos, el despido puede ser improcedente aunque la causa de fondo fuera válida.
Indemnización por despido improcedente en 2026
La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores).
Importante — novedad 2026: El Tribunal Supremo ha confirmado recientemente, analizando incluso la Carta Social Europea revisada y el Convenio 158 de la OIT, que esta indemnización tasada no puede incrementarse judicialmente con cantidades adicionales. La cuantía legal es la única que corresponde salvo pacto individual o de convenio colectivo que mejore ese mínimo.
Para los contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012 existe un régimen transitorio: los años trabajados hasta esa fecha se calculan a 45 días por año (con un máximo de 42 mensualidades para ese tramo), y los años posteriores a 33 días.
Cómo se calcula:
El salario que se toma como base es el salario diario, que incluye el salario base más los complementos salariales fijos (antigüedad, plus de convenio, prorrata de pagas extras). No se incluyen conceptos extrasalariales como dietas o gastos de transporte.
Ejemplo práctico:
Un trabajador con 6 años de antigüedad y un salario bruto anual de 24.000 € (2.000 €/mes):
- Salario diario: 24.000 ÷ 365 = 65,75 €
- Indemnización: 65,75 × 33 × 6 = 13.018 €
Qué opciones tiene la empresa tras el despido improcedente
Cuando un juez declara el despido improcedente, la empresa tiene 5 días desde la notificación de la sentencia para elegir entre dos opciones (artículo 56 ET):
Opción 1 — Readmitir al trabajador: la empresa readmite al trabajador en las mismas condiciones anteriores y le abona los salarios de tramitación (los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia, descontando lo que hubiera cobrado en otro empleo si la empresa lo prueba).
Opción 2 — Pagar la indemnización: la empresa abona la indemnización de 33 días por año. En este caso no hay obligación de pagar salarios de tramitación, salvo que el trabajador sea representante sindical.
Excepción importante: si el trabajador es representante legal de los trabajadores (delegado de personal, miembro del comité de empresa), es él quien elige entre readmisión o indemnización, no la empresa.
Plazos para reclamar: muy importantes
Este es uno de los puntos más críticos. El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha en que el despido tiene efectos. Este plazo es de caducidad — si no actúas a tiempo, pierdes el derecho definitivamente.
El proceso es el siguiente:
Paso 1 — Papeleta de conciliación (obligatorio antes de ir al juzgado) Antes de presentar demanda judicial, es obligatorio intentar una conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o el organismo equivalente de tu comunidad autónoma. La presentación de la papeleta interrumpe el plazo de los 20 días.
Paso 2 — Acto de conciliación Se celebra el acto. Si la empresa reconoce el despido como improcedente y acepta pagar la indemnización, el proceso termina aquí sin necesidad de ir al juzgado.
Paso 3 — Demanda judicial Si no hay acuerdo, se presenta demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo habitual para celebrar el juicio es de 3 a 6 meses desde la demanda.
Paso 4 — Sentencia y recurso El juez dicta sentencia en el plazo de 5 días desde el juicio. Si alguna de las partes no está conforme, puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma.
Qué hacer si te despiden: pasos inmediatos
- Firma la carta de despido con «no conforme» o simplemente firma acusando recibo. Firmar no implica aceptar el despido.
- Guarda toda la documentación: carta de despido, contratos, nóminas, correos electrónicos relevantes.
- Solicita el certificado de empresa para tramitar el desempleo.
- Consulta con un abogado laboralista lo antes posible, dado el plazo de 20 días.
- Presenta la papeleta de conciliación antes de que venzan los 20 días hábiles.
¿Compensa reclamar?
En muchos casos sí, especialmente cuando la antigüedad es elevada y la diferencia entre la indemnización ofrecida y la que corresponde legalmente es significativa. En el acto de conciliación, la empresa puede mejorar su oferta inicial para evitar el juicio.
Si tienes dudas, un abogado laboralista puede calcular tu indemnización y valorar si merece la pena reclamar antes de que venzan los plazos.
Artículos relacionados
Este artículo tiene carácter exclusivamente informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto consulta con un abogado especializado en derecho laboral.

