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MASC: qué tienes que hacer antes de demandar en España (2026)

En resumen: Desde el 3 de abril de 2025, y ya plenamente asentado en 2026, antes de presentar una demanda civil o mercantil hay que intentar resolver el conflicto por la vía extrajudicial y acreditarlo. Es lo que la ley llama MASC (Medio Adecuado de Solución de Controversias) y funciona como requisito de procedibilidad: si presentas la demanda sin acreditar ese intento, el juzgado puede inadmitirla. No es “mediación obligatoria” —no te obligan a mediar ni a pagar a un tercero—: basta un intento real y documentado de negociación. Aquí te explicamos cuándo es obligatorio, qué asuntos quedan fuera, cómo se acredita y qué pasa con las costas.

Si estás pensando en demandar a tu casero, reclamar una deuda o resolver un conflicto con una empresa, la regla del juego ha cambiado. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de eficiencia del Servicio Público de Justicia, ha introducido un filtro previo obligatorio para la mayoría de los pleitos civiles: acreditar que intentaste llegar a un acuerdo antes de acudir al juzgado.

Es la reforma más comentada del año en tribunales, y también la que más errores está provocando: presentar la demanda sin cumplir este requisito es hoy uno de los motivos de inadmisión más frecuentes. Este artículo te explica cómo cumplirlo bien.

Qué es exactamente un MASC

Un Medio Adecuado de Solución de Controversias es, según el artículo 2 de la LO 1/2025, cualquier actividad negociadora a la que las partes acuden de buena fe para resolver su conflicto fuera de los tribunales, por sí mismas o con la ayuda de un tercero neutral.

La clave está en entender lo que no es: no es una obligación de llegar a un acuerdo, ni de contratar a un mediador, ni de pagar por un procedimiento formal. Lo que la ley exige es que exista un intento real de negociación, centrado en el objeto del litigio, y que quede documentado. Si la otra parte se niega o no responde, el requisito se entiende igualmente cumplido: lo que se acredita es el intento, no el resultado.

La ley no te obliga a mediar. Te obliga a intentar un acuerdo y a poder demostrarlo.

Por qué es obligatorio y qué pasa si no lo cumples

El artículo 5 de la LO 1/2025 configura el intento de MASC como requisito de procedibilidad en el orden civil. En lenguaje llano: es una condición previa para que el juzgado admita tu demanda.

Las consecuencias de saltárselo son serias, y aquí conviene un matiz que los criterios de las Audiencias Provinciales han ido perfilando a lo largo de 2025 y 2026:

  • Si ni siquiera mencionas el intento en la demanda, se considera un defecto insubsanable: el juzgado inadmite y no entra a valorar tu caso.
  • Si lo mencionas pero no aportas el documento acreditativo, el defecto suele ser subsanable: los tribunales conceden un plazo (habitualmente de cinco días) para aportar la documentación, siempre que sea de fecha anterior a la demanda.
  • Retraso y coste. En el peor caso, tendrás que iniciar el MASC, esperar y volver a presentar la demanda, con la pérdida de tiempo que ello supone.

Por eso conviene tratarlo como lo que es —un paso imprescindible—, y describir siempre el intento en la propia demanda, aunque el documento se aporte después.

Qué asuntos quedan fuera (excepciones)

No todos los procedimientos exigen intentar un MASC. El artículo 5 de la LO 1/2025 exceptúa, entre otros, los procesos que versen sobre:

Materia exceptuadaEjemplos
Tutela de derechos fundamentalesVulneración de derechos constitucionales
Protección de menoresMedidas del artículo 158 del Código Civil
Filiación, paternidad y maternidadReconocimiento o impugnación de filiación
Medidas cautelaresSolicitudes urgentes previas a la demanda
Demandas ejecutivasEjecución de títulos ya reconocidos
Apoyo a personas con discapacidadMedidas judiciales de apoyo
Tutela sumaria de la posesiónRecuperación de la posesión de una cosa

A estas excepciones legales, los criterios de unificación de las Audiencias Provinciales han añadido otros supuestos en los que tampoco se exige el intento previo, como la demanda reconvencional, la compensación de créditos, la reclamación de daños derivados de la circulación de vehículos o los declarativos derivados de un procedimiento monitorio, entre otros.

Fuera de estos supuestos, en la práctica totalidad de reclamaciones civiles y mercantiles habituales —reclamaciones de cantidad, incumplimientos de contrato, conflictos entre particulares o empresas, cuestiones patrimoniales— el intento de MASC es obligatorio.

Cómo cumplir el requisito: los MASC válidos

La ley admite varias vías para cumplir el requisito. Puedes optar por la que mejor encaje con tu conflicto:

  • Negociación directa entre las partes o entre sus abogados. Es la fórmula más sencilla y habitual.
  • Mediación, con un mediador acreditado conforme a la Ley 5/2012.
  • Conciliación ante notario, registrador o ante el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ).
  • Oferta vinculante confidencial, en la que una parte propone una solución que le obliga si la otra la acepta.
  • Dictamen de un experto independiente sobre la controversia.
  • Derecho colaborativo, con abogados que trabajan hacia un acuerdo.

No importa tanto la etiqueta formal del mecanismo como que haya un intento genuino y que quede constancia de él.

Una negociación por escrito entre abogados puede bastar. Lo esencial es documentar fechas, medios y respuesta.

Cómo se acredita el intento

Este es el punto donde más demandas están fallando. La actividad negociadora previa debe documentarse y aportarse con la demanda, tal y como exige la Ley de Enjuiciamiento Civil tras la reforma. En la práctica, la demanda debe incluir una descripción del intento: fechas, medio empleado y resultado obtenido.

Si no ha sido posible siquiera intentarlo —por ejemplo, porque se desconoce el domicilio de la otra parte—, la ley permite aportar una declaración responsable explicando esa imposibilidad.

Prescripción, caducidad y plazo para demandar

Una de las mayores preocupaciones de quien va a reclamar es perder el plazo mientras intenta negociar. La ley lo resuelve: la solicitud o propuesta de MASC interrumpe la prescripción y suspende la caducidad de la acción desde ese momento.

Además, si la negociación termina sin acuerdo o no obtienes respuesta, debes presentar la demanda dentro del plazo de un año —contado desde la recepción de la solicitud de negociación por la otra parte o desde la terminación del proceso sin acuerdo— para que se entienda cumplido el requisito de procedibilidad (artículo 7.3 de la LO 1/2025). Si dejas pasar ese año, tendrás que iniciar un nuevo MASC antes de poder demandar.

El impacto en las costas: negociar de mala fe sale caro

La reforma también toca el bolsillo. El nuevo régimen de costas de la Ley de Enjuiciamiento Civil (artículos 394 y 395) introduce un incentivo potente para negociar en serio:

  • Quien rechaza sin causa justificada acudir a un MASC o desatiende una propuesta razonable puede ser condenado en costas aunque gane el pleito, si la sentencia coincide sustancialmente con lo que se le ofreció.
  • A la inversa, quien hizo una propuesta que luego coincide con el fallo puede pedir la moderación o exoneración de las costas.

Dicho de otro modo: la conducta de las partes durante la fase de negociación ya no es irrelevante. El juez la valora al decidir quién paga las costas.

Confidencialidad de lo negociado

Un temor razonable es que lo que digas negociando se use luego en tu contra. La ley lo impide: el artículo 9 de la LO 1/2025 establece que los MASC son confidenciales. Lo tratado durante la negociación no puede utilizarse después en el juicio, lo que permite negociar con franqueza sin riesgo procesal.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatorio intentar un MASC antes de demandar? Desde el 3 de abril de 2025, fecha de entrada en vigor del Título II de la LO 1/2025. En 2026 es ya una exigencia plenamente asentada en los juzgados civiles.

¿Es lo mismo que mediación obligatoria? No. La ley no obliga a mediar ni a contratar a nadie. Obliga a intentar una negociación de buena fe por alguna de las vías previstas y a documentarlo. La mediación es solo una de las opciones posibles.

¿Qué pasa si presento la demanda sin haber intentado el MASC? Si ni siquiera mencionas el intento, es un defecto insubsanable y el juzgado inadmite la demanda. Si lo mencionas pero olvidas aportar el documento, normalmente podrás subsanarlo en un plazo breve (suele ser de cinco días), siempre que el documento sea de fecha anterior a la demanda.

¿En qué casos no necesito intentar un MASC? En procesos sobre derechos fundamentales, protección de menores (art. 158 CC), filiación, medidas cautelares, demandas ejecutivas, apoyo a personas con discapacidad y algún otro supuesto del artículo 5, entre otros.

¿Tengo que pagar por hacer un MASC? No necesariamente. La negociación directa entre las partes o sus abogados no tiene un coste asociado obligatorio. Otras vías, como la mediación o la conciliación ante notario, pueden conllevar honorarios.

¿Pierdo el plazo para demandar mientras negocio? No. La solicitud de MASC interrumpe la prescripción y suspende la caducidad. Si no hay acuerdo, debes presentar la demanda dentro del plazo de un año (desde la recepción de la solicitud o desde la terminación sin acuerdo) para cumplir el requisito.

¿Lo que hable durante la negociación puede usarse en mi contra? No. Los MASC son confidenciales por ley (artículo 9), de modo que lo tratado no puede aportarse luego al procedimiento judicial.

¿Puede el juez obligar a negociar una vez empezado el pleito? Sí. La ley permite que el tribunal o el LAJ deriven a las partes a un MASC incluso con el procedimiento ya iniciado.

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Aviso legal: este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación del requisito de MASC depende de las circunstancias de cada caso y de los criterios judiciales, que aún se están unificando. Para tu situación concreta, consulta las fuentes oficiales enlazadas o a un profesional colegiado.

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